Guatemala: Hombres armados amenazan a Lolita Chavez y a personas integrantes del CPK

El miércoles 7 de junio Aura Lolita Chávez Ixcaquic, vocera del Consejo de Pueblos Kichés (CPK), junto a más compañeras del CPK fueron agredidas por los madereros y perseguidas por la montaña, por oponerse a la tala ilegal de bosques en su territorio. 

Organizaciones sociales guatemaltecas e internacionales exigimos al gobierno de Guatemala detenga esta persecución y proteja sus vidas. Y detenga la tala ilegal de bosques.

Comunicado ante la agresión sufrida por Aura Lolita Chávez Ixcaquic y personas integrantes del consejo de los pueblos del Ki’che’ y vulneración de derechos colectivos de los pueblos indígenas

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COMUNICADO ANTE LA AGRESIÓN SUFRIDA POR AURA LOLITA CHÁVEZ IXCAQUIC Y PERSONAS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE LOS PUEBLOS DEL KI’CHE’ Y VULNERACION DE DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

Las organizaciones abajo firmantes queremos denunciar la nueva agresión sufrida el 7 de junio por Aura Lolita Chávez Ixcaquic y otras personas integrantes del Consejo de Pueblos del Ki’che’ (CPK), que luchan por la protección de los bosques que rodean sus comunidades.

En la mañana del día 7 de junio, integrantes del CPK identificaron a un camión de la ruta de Santa Cruz del Quiché a Chichicastenango, transportando madera. Miembros del CPK descubrieron que el piloto del vehículo no llevaba el permiso correspondiente a lo que exige la ley para la tala y el transporte de madera y decidieron llevarlo a la gobernación departamental.

Al llegar a gobernación les dijeron que no estaba el gobernador. Sobre las 12 de la noche, llegaron doce hombres con armas y empezaron a amedrentar a hombres, mujeres, niños y niñas del CPK.

Las personas del CPK optaron por abandonar la ciudad de Santa Cruz del Quiché, regresando a sus comunidades. A partir de aquí, comenzaron a ser perseguidos por un vehículo con hombres armados que realizaron disparos contra el vehículo donde iban Aura Lolita Chávez Ixcaquic, líderes y lideresas de las comunidades y dos defensoras más de Derechos Humanos.

El CPK está comprometido con los derechos de la Madre Tierra y la vida de todos los seres vivos y desde hace tiempo esta organización indígena ha venido denunciando la tala incontrolada de árboles por parte de empresas madereras. Para esto, las empresas utilizan el Instituto Nacional de Bosques (INAB), instancia que autoriza a las compañías madereras.

Es importante decir también que Lolita Chávez es una lideresa que ha sido criminalizada por grupos de poder económicos con interés en la explotación de los bienes naturales de la región.

Evidenciamos que en el marco del Sistema Internacional de Derechos el Estado de Guatemala ha ratificado el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas, siendo de obligado cumplimiento, por lo que las organizaciones abajo firmantes exigimos:

  • Al Estado de Guatemala, que investigue los hechos acontecidos y que asegure la seguridad de Lolita Chávez, así como de las otras personas integrantes del Consejo de Pueblos del Ki’che’ (CPK).

  • Al INAB, que asuma su responsabilidad de controlar el delito de tala ilegal de árboles.

  • Al Estado de Guatemala e instituciones públicas el cumplimiento del Convenio 169 Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes y los mecanismos para su implementación.

 

SÚMENSE AL COMUNICADO ANTE LA AGRESIÓN SUFRIDA POR AURA LOLITA CHÁVEZ IXCAQUIC Y PERSONAS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE LOS PUEBLOS DEL KI’CHE’ Y LA VULNERACIÓN DE DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

 

CONVENIO 169 SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES

PARTE I – Política General

Articulo 4

  1. Deberán adoptarse las medidas especiales que se precisen para salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medio ambiente de los pueblos interesados.

  2. Tales medidas especiales no deberán ser contrarias a los deseos expresados libremente por los pueblos interesados.

Artículo 5

Al aplicar las disposiciones del presente Convenio:

  1. deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente;

  2. deberá respetarse la integridad de los valores, prácticas e instituciones de esos pueblos;..

Articulo 6

  1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán:

  1. consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente;

  2. establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan;

  3. establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin.

  1. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

Artículo 7

  1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural.
    Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.

  1. Los gobiernos deberán velar por que, siempre que haya lugar, se efectúen estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre esos pueblos. Los resultados de estos estudios deberán ser considerados como criterios fundamentales para la ejecución de las actividades mencionadas.

  2. Los gobiernos deberán tomar medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan

 

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Aura Lolita Chávez Ixcaquic y personas integrantes del Consejo de Pueblos Ki’che’ (CPK) sufren nueva agresión el día 7 de junio del 2017. Lolita Chávez ha acompañado a comunidades originarias del Quiché en su lucha por proteger los bosques que rodean sus comunidades y controlar su tala ilegal.

El CPK y la defensora Lolita Chávez han enfrentado en los últimos años criminalización y amenazas que implican a autoridades de seguridad del Estado Guatemalteco y a las autoridades del Instituto Nacional de Bosques (INAB) que por omisión de cumplir sus obligaciones de protección de los recursos naturales, facilitan que los taladores ilegales sigan operando en la zona en total impunidad.

La mañana del día 7 de junio, integrantes del CPK identificaron a un camión cargado de madera. Los taladores no contaban con autorización para talar árboles en la zona protegida, ante esta situación integrantes del CPK decidieron asegurar el vehículo y remitirlo a las autoridades del INAB, preservando su integridad así como la de las personas que lo conducían.

Antes de llegar a las oficinas, un grupo de hombres armados les amenaza directamente por lo que la defensora e integrantes del CPK entre los que se encuentran personas menores y mujeres, huyen buscando refugio.

Exigimos al Estado Guatemalteco garantice sin dilación, la seguridad de Lolita Chávez como la de los integrantes del CPK, así como el castigo a quienes amenazan con armas de fuego a población civil.

Es además fundamental que el INAB asuman la responsabilidad completa de controlar el delito de tala ilegal como presupone a su función y jurisdicción.